Se emite convocatoria para elección del titular del órgano interno de control de la ASE

ENTRE LOS REQUISITOS SE ENCUENTRA NO HABER DESEMPEÑADO CUALQUIER CARGO DE ELECCIÓN POPULAR DURANTE LOS TRES AÑOS ANTERIORES A SU ELECCIÓN.

San Luis Potosí SLP.- El pleno del Congreso del Estado aprobó la Convocatoria a la ciudadanía a participar, mediante la presentación de solicitudes y propuestas, en el proceso de elección de la persona que ocupará el cargo de titular del órgano interno de control de la Auditoría Superior del Estado.

De esta manera se da cumplimiento a lo establecido por los artículos, 57 fracción XLVIII de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí; 89 BIS, 89 TER, 89 QUINQUE, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí; 118, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí; 19, de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, y Transitorio Segundo del Decreto Legislativo 588, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis” el jueves 27 de febrero de 2020.

Se indica que conforme a lo establecido por el artículo 89 QUINQUE, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, la persona que aspire a la titularidad del Órgano Interno de Control de la Auditoría Superior del Estado, deberá reunir los siguientes requisitos:

  1. Contar con título y cédula profesional con una antigüedad de por lo menos cinco años como Licenciado en Derecho o Abogado; Contador Público, Administrador Público, Economista, o cualquier otra relacionada con actividades de fiscalización;
  2. No haber desempeñado cualquier cargo de elección popular durante los tres años anteriores a su elección;

III. No desempeñar o haber desempeñado algún cargo de dirección en un partido político durante los últimos cinco años;

  1. No ser pariente por afinidad o consanguinidad en cualquier grado, respecto de los funcionarios o empleados de la Auditoría, y
  2. No haberse desempeñado en un cargo de coordinación, dirección o similar, en cualquiera de los entes auditables en los últimos dos años.

SEGUNDA: Las solicitudes o propuestas deberán presentarse por escrito, ante la oficialía de partes del Congreso del Estado, sito en calle Vallejo número 200, planta baja, zona centro, en esta ciudad capital, serán dirigidas al Presidente del Congreso del Estado con atención a la Comisión de Vigilancia, y señalarán, nombre, edad, número telefónico, correo electrónico y domicilio para oír y recibir notificaciones en la ciudad de San Luis Potosí, de la persona propuesta; debiendo adjuntar sin excepción alguna, original o copia certificada, y copia simple, de los documentos que a continuación se enlistan:

Acta de nacimiento; B. Credencial de elector vigente; C. Título y cédula, profesionales; D. Currículum vitae, con documentos comprobatorios; E. Escrito en el que se expresen los motivos de su participación en este proceso de elección; F. Escrito que contenga declaración bajo protesta de decir verdad, que conoce y cumple con todos y cada uno de los requisitos de elegibilidad establecidos por el artículo 89 QUINQUE, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, señalados en la Base Primera de esta Convocatoria Pública, y por lo tanto, no existe impedimento para ocupar el cargo público al que se aspira.

Los documentos descritos en esta Base serán de acceso público en los términos y con las restricciones que al efecto prescribe la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí.

TERCERA. El periodo y horario de recepción de solicitudes o propuestas será del martes 17 al lunes 23 de marzo del año 2020, en horario de 9:00 a 15:00 horas, con excepción de los días sábado 21 y domingo 22, por ser inhábiles.

CUARTA. Una vez concluido el plazo de recepción de solicitudes y propuestas, el Congreso del Estado a través de la Comisión de Vigilancia, dará a conocer en su portal web www.congresosanluis.gob.mx, sólo para efectos informativos, los nombres de todas las personas que hayan presentado una solicitud o propuesta para participar en el proceso de elección, sin que con ello se entienda que han quedado inscritos.

QUINTA. Se entenderán inscritas a participar en este proceso de elección, las personas que por acuerdo de la Comisión de Vigilancia, hayan cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos por la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, y los establecidos en la presente Convocatoria Pública.

El Congreso del Estado a través de la Comisión de Vigilancia, publicará en su portal web www.congresosanluis.gob.mx, los nombres y curriculum vitae de los participantes inscritos.

SEXTA La Comisión de Vigilancia, revisará y apreciará libremente las constancias documentales de cada participante inscrito, y emitirá un dictamen que contendrá una lista con los nombres de todas las personas participantes que a consideración de la Comisión de Vigilancia sean elegibles al cargo, mismo que presentará a la consideración del Pleno del Congreso del Estado.

De entre las personas propuestas por la Comisión de Vigilancia, el Pleno del Congreso del Estado elegirá por mayoría de sus miembros presentes, a quien deberá fungir como titular del órgano interno de control de la Auditoría Superior del Estado por un periodo de cuatro años.

SÉPTIMA. La Comisión de Vigilancia, previo Acuerdo de sus integrantes, podrá realizar entrevistas públicas en forma individual con cada participante inscrito, conforme al formato que la misma Comisión determine.

OCTAVA. Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por Acuerdo de la Comisión de Vigilancia.

Nota Completa
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