Interjet afectó a más de 3 mil pasajeros

Interjet informó que debido a las cancelaciones de todos sus vuelos del 1 y 2 de noviembre se afectó a 2 mil 690 pasajeros; sin embargo la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) aseguró que la cifra rebasa los 3 mil, por lo que hará un llamado a la población para ya no comprar boletos a esta aerolínea, por sus reiterados incumplimientos.

El organismo que dirige Ricardo Sheffield Padilla adelantó a MILENIO que este martes 3 de noviembre emitirá una alerta “donde se pedirá a los consumidores que no compren vuelos en esa empresa”, porque  ha sido reincidente en incumplimientos hacia los consumidores del país.

El funcionario expuso que derivado de la cancelación de vuelos, se siguen sumando quejas de acción colectiva contra la empresa, mismas que están en curso y en fase probatoria con el fin de que los consumidores sean recompensados.

Hasta este lunes, la Procuraduría tiene conocimiento de “45 vuelos cancelados, poco más de 3 mil afectados y más de 30 reclamaciones.

Por su parte la aerolínea dice que del total de los afectados, 90 por ciento aceptó cambiar su itinerario para mañana 3 de noviembre.

Este domingo, luego de que la aerolínea anunciara la cancelación de sus vuelos, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) dio a conocer que Interjet no realizó el pago anticipado para suministro de turbosina a los aviones que volarían estos días.

ASA añadió que debido a los adeudos que ya tiene Interjet con ellos, ahora debe desembolsar un día antes el pago para conseguir combustible.

La aerolínea por su parte indicó que algunas de sus aeronaves han entrado en tareas de mantenimiento, lo que ha motivado una restructuración en los itinerarios de vuelo.

¿Fuiste afectado por la cancelación de vuelos de Interjet? Esto debe regresarte la empresa

La Profeco explicó que al tratarse de cancelaciones atribuibles de manera exclusiva a la aerolínea, ésta debe conforme a la Ley de Aviación Civil y a elección de los pasajeros afectados ofrecer una serie de medidas como:

A) Reintegrarle el precio del boleto o billete de pasaje o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje.

B) Ofrecerle, con todos los medios a su alcance transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle como mínimo y sin cargo, acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos; alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.

C) Transportarle en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo.

Destacó que en los casos de los incisos Ay C, el concesionario o permisionario deberá cubrir además, una indemnización al pasajero afectado que no será inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.

“Esta indemnización deberá ser pagada por la aerolínea dentro de un plazo máximo de 10 días naturales posteriores a su reclamación por parte de los pasajeros”, afirmó la Profeco.

Fuente: AGENCIAS

Salir de la versión móvil