Aprueban reforma para castigar cualquier crítica u ofensa en Internet


Legisladores federales votaron ayer las modificaciones a la fracción I del artículo 1916 del Código Civil Federal para que “en la reparación del daño moral se considere el hecho ilícito de quien comunique, a través de cualquier medio tradicional o electrónico, un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causar deshonra, descrédito, perjuicio o exponer al desprecio de alguien”, informó el Congreso de la Unión en su portal.

Al darse cuenta de que “les metieron un gol”, la oposición planeaba fijar una postura; sin embargo, el tema de la Ley de Seguridad Interior les fue acortando los tiempos, por lo que determinaron no salir a medios, como ocurrió con Morena, según publicó Proceso.

De inmediato, en las redes sociales se enviaron mensajes donde se alertaba sobre las sanciones a quienes investiguen casos como los de la Casa Blanca y Odebrecht, o cualquier hecho de corrupción.

Cerca de la una de la madrugada de este viernes, el PRI envió a los reporteros un mensaje difundido en redes de Raúl Trejo Delarbre, para dar claridad a lo aprobado.

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“La reforma al Código civil aprobada en la Cámara de Diputados añade a los medios electrónicos a la definición de daño moral que ya existe. Se mantiene el 1916 bis que exenta de daño moral a “quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresiones e información. Calma, calma”, fue el mensaje que Trejo Delarbre emitió y fue compartido desde las oficinas del PRI a los reporteros.

“El documento reconoce que la libertad de expresión debe privilegiarse respecto de otros derechos. Sin embargo, al igual que todo derecho, éste no es de carácter absoluto, sino encuentra su límite en el derecho al honor y a la imagen”, señala el comunicado.

Es decir que una persona que se sienta  “desacreditada” o expuesta al desprecio de alguien por un “meme”, aunque sea cierta, podría presentar una demanda civil para “reparar el daño”.

La reforma fue avalada con 386 votos y remitidas al Senado de la República para sus efectos constitucionales, de acuerdo a lo señalado por Sin Embargo.

Fuente: diario.mx

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